Por Guillermo Collini y Julián Doyle
Detrás de la filtración de fotos chats y videos vinculados a la denuncia de la ex Primera Dama Fabiola Yañez contra el expresidente Alberto Fernández por violencia de género, que por estos días conmueve a la opinión pública, subyace un debate sobre tensión entre el interés público y el derecho a la intimidad en el ejercicio del periodismo.
¿Hicieron bien los medios y cronistas que publicaron las filtraciones? La respuesta no es fácil y se puede abordar desde distintas miradas. Es cierto que el impacto mediático de la noticia se multiplicó a partir de la divulgación de la información filtrada. Tan cierto como que publicar imágenes de una mujer golpeada sin su autorización deviene en una revictimización de esa mujer. En en el caso de Yañez, ¿el interés general debe prevalecer sobre el interés particular o viceversa? FL hizo un recuento de cómo se dio la filtración y consultó a periodistas con diferentes posturas, a un jurista especializado en derecho a la información, a un académico experto en comunicación y a una referente del periodismo de género.
La primicia
El 4 de agosto el periodista de Clarín, Claudio Savoia, reveló la existencia de chats y fotografías compartidos entre Yañez y la secretaria del exmandatario, María Cantero, que darían cuenta de presunta violencia de género de parte del expresidente hacia su esposa, cuando ambos convivían en la quinta presidencial de Olivos.
La información fue descubierta en un peritaje de la Justicia al celular secuestrado a Cantero y puesta en manos del juez Julián Ercolini, en el marco de la causa que se lleva adelante por irregularidades en la contratación de seguros para distintas reparticiones públicas estatales. Esta investigación tiene puesto el foco en el exmandatario, en Cantero y en su esposo, el broker Héctor Martínez Sosa.
Según relató Savoia en su nota, Yañez había sido citada el 27 de junio por el magistrado a través de videoconferencia desde España, para saber si quería llevar adelante la denuncia contra Fernández, pero la exprimera dama rechazó la posibilidad. Sin embargo dos días después de la publicación, Yañez se contactó con el juzgado y decidió radicar la denuncia por “lesiones graves calificadas doblemente, además de amenazas coactivas, hostigamiento en un contexto de violencia contra la mujer en sus distintas variables, física, psicológica, emocional e institucional”.
Savoia optó por no publicar las fotos y chats a los que hizo referencia en su nota. “Quería ser muy cuidadoso en el tratamiento de una información muy sensible, que ya tenía muy confirmada y documentada, pero que hasta ese momento la víctima no había querido denunciar en la Justicia,” señaló a FL.
“Las actividades del presidente de la Nación, y más en un espacio público -aunque de uso privado- como la residencia presidencial oficial son indiscutiblemente de interés periodístico.
La sociedad tiene el derecho de saber que el máximo funcionario del país le pegaba a su mujer en la casa que se mantiene con el pago de los impuestos. Esa certeza nunca estuvo en duda. En cambio, el tratamiento hacia Fabiola Yañez debía ser diferente: ella no era funcionaria, y además había sido víctima de violencia de género.“
Savoia explicó que consideró innecesario publicar las fotos y los chats porque la causa judicial ya estaba avanzando. “Con la descripción de alguna de las fotos y de los chats con María Cantero, y sobre todo con el respaldo de que tres instancias oficiales diferentes -peritos policiales, juez Ercolini y Oficina de Violencia de Género de la Corte- habían interpretado del mismo modo la gravedad de ese material que ya estaba judicializado, era suficiente para fundamentar mi publicación y acompañar esa misma interpretación,” explicó.
Al ser consultado sobre el valor de los chats y las fotos filtradas como prueba judicial, el periodista manifestó:
“Hay dos planos: el valor judicial y el periodístico, que lo trasciende porque las imágenes son muy elocuentes para cualquiera que duda -o quiere dudar, por su prejuicio ideológico favorable a Fernández- de lo que denunció su exmujer. En la justicia creo que las pruebas se evaluarán en conjunto: los chats y audios -que aún no trascendieron- funcionan como ‘epígrafe’ para las fotos, anclan su sentido e impiden que las excusas como la que publicó Verbitsky (de que el ojo morado era por un tratamiento contra las arrugas) sean creíbles. Recordemos además que, ese primer lote de pruebas no sólo ya está en la justicia sino que ‘nació’ ahí, porque ya fue peritado con todas las garantías del debido proceso cuando se analizó el celular de María Cantero. A partir de ahora, veremos qué otras pruebas aporta Fabiola para fortalecer su grave denuncia”.
Respecto a la publicación de la filtración del material y el posible perjuicio para alguna de las partes, el periodista fue contundente. “Desde el punto de vista judicial no cambia nada. Desde el mediático, por supuesto que lo perjudica a Alberto Fernández. El impacto de las imágenes siempre es muy superior al de su descripción”.
Las filtraciones
El 8 de agosto el portal Infobae publicó la filtración de las fotos de Fabiola Yañez con un ojo y el torso morados, además de un supuesto chat entre ella y Fernández, donde le reprocha por los golpes recibidos. La nota del portal, aparecida en su sección de Política, no está firmada. FL intentó comunicarse vía Whatsapp con Roman Lejtman, editor de Política de Infobae, pero no obtuvo respuesta.
Esa misma semana, el periodista Eduardo Feinmann, reveló en La Nación + un video filtrado aparentemente grabado por el propio Fernández en el despacho presidencial, junto a la conductora Tamara Pettinato, manteniendo una sugerente conversación mientras ella está sentada tomándose una cerveza.
“Te amo”: polémico video en el despacho presidencial de Alberto Fernández
En un material exclusivo de LN+, el expresidente de la nación aparece brindando con Tamara Pettinato en Casa Rosada.
El pase entre #ElNoticiero y #Hora20 con @edufeiok, @ignacioortelli y @prossioficial. pic.twitter.com/D0GmWz5aie
— La Nación Más (@lanacionmas) August 8, 2024
FL se puso en contacto con Feinmann para averiguar el criterio utilizado para publicar la filtración del video, pero éste prefirió no hacer declaraciones. “No tengo nada que decir,” contestó.
En una entrevista que dio al diario Infobae el 10 de agosto, Yañez relató episodios de violencia vividos por parte de Fernández, dijo que no fue ella quien filtró las fotos y chats a la prensa y añadió que, “Mi teléfono obviamente debe estar intervenido de alguna manera. Creo que esa es la razón por la cual comienzan a aparecer todas estas cosas también”. El 13 de agosto Fabiola Yañez ratificó la denuncia en el consulado argentino en España, donde reside junto al hijo que tuvo con el expresidente.
La decisión de publicar las fotos y los chats, compartida por Infobae y la señales de cable de La Nación y Clarín, no fue unánime. Según escribió el periodista Horacio Verbitsky ”se rehusaron a difundir las fotos Tiempo Argentino (para «no sumarse ni a operaciones ni a divulgación de material cuya procedencia no podemos respaldar, y cuyo peritaje desconocemos») y Página 12 (porque sin autorización de Yáñez, «implican una revictimización»). El Cohete a la Luna comparte la decisión de estos últimos medios.”
El origen de las filtraciones
En medio del debate por las filtraciones la periodista Nancy Pazos sumó un condimento al asunto al involucrar a los servicios de inteligencia en las filtraciones, durante una aparición en el programa “Duro de Domar”. En un breve intercambio con FL, Pazos aclaró que otros actores también podrían estar involucrados.
-Teniendo en cuenta la gravedad del asunto. Quién considerás que filtró el material y cuáles fueron sus razones?
-Mi presunción es que fue el juzgado. O el abogado que tuvo inicialmente ella que era un espanto. Pero es solo presunción. No información.
-Ves en algún punto del proceso, la mano de los servicios?
-Obvio. Te diría que casi en todos.
Savoia, editor de la sección Política del diario Clarín, también dio algunas pistas sobre el posible origen de la filtración.
“Yo hice una investigación periodística, una de cuyas instancias importantes fue tomar contacto con un documento judicial que integraba un anexo reservado abierto en el marco del expediente por corrupción en la contratación de seguros para organismos públicos. Esa resolución no estaba sólo en la carpeta secreta del juzgado, sino también en manos de las partes. Accedí a ella cuando los datos que había reunido eran concluyentes y desmentirlos era inútil. Una vez que la tuve, continué mi trabajo con la consulta al expresidente Fernández respecto del tema. A propósito: él era una de las personas que tenía en su poder la resolución judicial cuyo contenido yo publiqué.
Martín Becerra, especialista en medios e investigador del Conicet, también sospecha que la filtración habría salido del juzgado de Ercolini, a quien Fernández intenta recusar hasta ahora sin éxito. “Ese material estaba en poder de la ex secretaria de Fernández y también del Juzgado de Ercolini ,así que sólo quedan esas dos posibilidades. La sospecha apunta más bien a alguien del juzgado,” comentó Becerra.
El especialista, doctor en Ciencias de la Comunicación por la Universidad Autónoma de Barcelona y licenciado en Ciencias de la Comunicación por la UBA, al comentar quien se habría beneficiado con la filtración parece abonar la afirmación de Pazos sobre la posible intervención de los servicios de inteligencia del gobierno de Javier Milei:
“Bueno, evidentemente sabemos que hay alguien que queda muy desfavorecido en esta trama, que es el ex presidente y también que, según Fabiola, las fotos con moretones la humillan y siente que claramente no la favorecen. En ese caso uno podría especular acerca de que quien se favorece es el escándalo, el ruido político, social, que se arma en torno a una causa sobre la que rige mucho secreto y paradójicamente mucho bullicio público a raíz de la filtraciones de comunicaciones que son privadas y que están en el sumario del expediente judicial”.
La decisión de publicar las filtraciones
En cuanto a la decisión de publicar o no las filtraciones, Becerra coincide en gran parte con la opinión de Savoia. “Yo distinguiría dos aspectos: el primero tiene que ver con qué de eso es de interés público. Uno podría decir que todo lo que hace un presidente o un ex presidente es interés público como si no tuvieran derecho alguno de la privacidad. Yo no comparto esa posición. Yo creo que sí tienen derecho a la privacidad, aunque es cierto que es un umbral más recortado por la función que ejercen, que el del resto de las personas,” señaló.
“En ese sentido, a mí me parece que no las fotos, pero si la información acerca de la denuncia de violencia de Yañez contra Fernández, e incluso narrar cuáles son los elementos eventualmente probatorios: narrar que existen fotos con moretones, narrar que existen chats etcétera, sí, creo que es muy válido en la práctica periodística. No así los chichoneos de Fernández con animadoras o con personas cuyo derecho a la vida privada en este caso ha sido claramente vulnerado, y que no tenían ni tienen ninguna función política ni pública. Me refiero obviamente al caso de Pettinato,” agregó.
“Esto, más allá del morbo, no reviste ningún tipo de justificación el vulnerar esa privacidad y a mí me parece que están ellas en condiciones, particularmente Pettinato, de reclamar por daños y perjuicios que se le han hecho, con esa difusión del contenido completamente irregular.”
Al referirse a si el impacto mediático hubiera sido el mismo sin la publicación de las fotos filtradas, Becerra manifiesta: “No, siempre las imágenes circulan con mucha mayor velocidad y atraen la atención pública y el morbo que los textos. Somos una especie ‘iconofílica’. Creo que los medios que las difundieron fueron efectistas y se inscriben en una tradición de sensacionalismo sin demasiados reparos en términos profesionales”.
Por su parte la escritora y periodista Marta Dillon, especialista en temas de genero y diversidades y exeditora del Suplemento Soy de Página 12, dedicado a la diversidad sexual, opinó que el material filtrado no debió ser publicado.
“A mí me parece que hicieron mal en publicarlas. Realmente es un morbo innecesario. Siento que todo está mal manejado en el sentido de que las declaraciones, todo lo que se supone de una causa en secreto de sumario rápidamente se difundió. Me parece patético lo del video de Tamara Pettinato. Entiendo que las fotos vuelven cristalina una causa que no es cristalina, por el origen, porque en principio se basa en filtraciones,” señaló.
«Entiendo que eso puede llegar a tener algún beneficio para la víctima, pero no hace falta. Por ejemplo, en el caso Alperovich la víctima no expuso ninguna cosa de golpe bajo, su voz estuvo mediada por periodistas durante todo el proceso y me parece que es igual de útil. Acá hay que ver qué es lo que se está buscando. Si vos lo que buscás es denunciar, como una forma de reparación y también de condena, o lo que se busca es un escándalo público. No sé si esto es una decisión de la víctima, que se publique en la foto. Yo entiendo que no. Pero no creo que eso sea reparador para la propia víctima,” agregó.
Según Dillon, la publicación de las fotos y los chats no sólo no se justifica, si no que revictimiza a la denunciante.
“Hay que tener en cuenta que las fotos sirvieron para un análisis como el que hizo Verbitsky (en su entrevista a Alberto Fernández), bastante patético. O sea, ahí tenés la revictimización. De todas maneras revictimizar es justamente poner en una situación de debilidad. Lo que pasa es que toda la causa está armada en torno a poner una víctima totalmente inerme, sin agencia ninguna. Entonces hay bemoles, pero en principio me parece que no, que las fotos no se tienen por qué mostrar y que si vamos a hablar de un amparo, escucha y protección de las víctimas, en principio que se dirima en la Justicia y tratar de mantenerla lo más alejada del morbo posible, eso sería lo que es lo que tendría que suceder en todos los casos.”
En cuanto a las implicancias legales de la decisión de publicar la filtración, Damián Loreti, profesor de Derecho a la Comunicación de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA señala que una parte de la biblioteca está a favor y otra en contra.
¿Cómo se mide el evidente interés público de un presunto delito que involucra a un expresidente y una exprimera dama, ocurrido cuando ambos estaban en funciones y el ámbito de la casa de gobierno y la residencia oficial, versus el derecho a la intimidad de una denunciante de violencia de género, dado que ella dice que no autorizó la publicación de las fotos?
“La consulta tiende a dilucidar uno de los temas más complicados, incluso por el modo en que está formulada la legislación específica en la Argentina. No se requiere el consentimiento de la persona cuya imagen se va a usar, cuando se trata del ejercicio regular del derecho de informar, dice el Código Civil y Comercial de la Nación. Al mismo tiempo, la Ley de Protección Integral sostiene que no debe hacerse un trato que no sea respetuoso a las mujeres que padecen violencia, evitando todo acto conducta u omisión que produzca revictimización. Las fotografías en este caso no fueron cedidas por la persona retratada, que además es víctima de un delito.
Hasta donde entiendo, no se está indagando sobre si la investigación está bien o mal hecha, si las pruebas han tenido algún tipo de alteración o circunstancias parecidas. Ahí me parece que el interés público sí podría ceder al derecho de la preservación de los derechos de la víctima de un delito anterior. De hecho, una de las restricciones al acceso al desarrollo de juicios, ocurren cuando se trata de delitos que hagan a cuestiones de intimidad. Es muy difícil decir ‘sí’ o ‘no’ sobre si es correcta porque es la interpretación de cuando el ejercicio por publicar ha sido un ejercicio regular.
Hay argumentos de los dos lados, por supuesto, pero me parece que no hay un interés público en conocer las características de la lesión, porque no es lo que está, por lo menos hasta hoy, en debate.”
En su análisis Loreti cita casos en Argentina y el exterior que tienen punto de contacto con la denuncia de Yañez.
“Hay un caso muy famoso en la jurisprudencia del Tribunal Europeo, que es el de Carolina de Mónaco a quien le sacaron fotos saliendo de una clínica de rehabilitación. Perdió el caso en la jurisdicción alemana, de donde era originaria la revista, porque privilegiaron los derechos de libertad de expresión de la revista. Ella ganó en el tribunal europeo, que sostuvo que en ese caso no había suficiente interés público para ponerla a ella en esa situación de vulnerabilidad. Me parece que el contexto de vulnerabilidad hace que las exhibiciones se podrían justificar en el interés público quizás no tengan la prevalencia necesaria como para sobrepasar el ámbito de protección de la intimidad, en ese particular contexto de vulnerabilidad.
En la historia hay dos casos muy relevantes uno fue el de Balbín donde la publicación de la fotografía en su lecho de muerte fue sancionada. por la justicia, no sin debate, por la Suprema Corte, que finalmente resolvió la condena y es distinto al caso de Menem contra Editorial Perfil en cuyo caso en la actuación fue iniciada por Menem por su propio derecho y no por los Derechos del Niño que aparecía en la foto, además con la imagen pixelada. Y según dijo la Corte Interamericana, en el caso de Menem, el interés público aparecía por la cantidad de circunstancias oficiales que rodeaban la información del caso, pero reitero, la imagen del niño estaba pixelada.”
Para el jurista no caben dudas de que la publicación de las fotos y los chats constituye una intromisión en la vida privada de Yañez y también la de Fernández. Sin embargo agrega que lo que la justicia debería dilucidar, en caso de una demanda por violación de intimidad, es si la intromisión se justifica o no por el interés público que el caso suscita.
“Hay que tomar nota de que lo que castiga la jurisprudencia y la legislación, no es todo tipo de intromisión en la vida privada, sino lo que se conoce como intromisión arbitraria,” señala. “Es decir, cuando no hubiera interés público que lo justifique. Eso ha sido traducido en el Código Civil nuevo, como el ejercicio regular del derecho de informar. Insisto, aquí lo que se pondría en debates es si se trata del ejercicio regular del derecho de informar, o si aún habiendo ese ejercicio regular prevalece el derecho de la víctima de violencia de género en una situación de particular vulnerabilidad.”